La Corte Suprema de Justicia de Guatemala ha ordenado realizar una consulta previa a las comunidades indígenas afectadas por una hidroeléctrica sobre el río Cahabón que construye el grupo español ACS y que afecta 30.000 personas de la etnia q'eqchí.

Crédito: EFE/Edwin Bercían

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Así informa la ONG española Alianza por la Solidaridad, que señaló que la resolución obliga a realizar “una consulta previa, libre e informada” a las comunidades afectadas por el proyecto Renace sobre el río Cahabón, en el departamento de Alta Verapaz (norte), una obra construida por la empresa española Grupo Cobra-ACS, subcontratada por la propietaria Corporación Multi Inversiones (CMI).

La empresa fue denunciada por no haber cumplido con el derecho de los pueblos indígenas, reconocido internacionalmente, a ser consultados sobre concesiones de sus territorios y sus recursos, como indica el Convenio de la Organización Internacional el Trabajo (OIT) en vigor en Guatemala desde 1997.

Sin embargo, este fallo “no paraliza las operaciones de la hidroeléctrica” Renace que están en marcha, lo que ha dado lugar a un voto particular razonado de una de las magistradas, María Dávila Salazar, que pide suspender la licencia “hasta que se restituyan los derechos del pueblo Q’eqchí”.

Esto, apuntó la organización, tal y como ocurrió en un amparo previo con otra hidroeléctrica -Oxec I y Oxec II- en el mismo río Cahabón y que discrepa también de que la Corte no mencione “la vulneración del acceso al agua” de las comunidades debido a este proyecto.

Alianza por la Solidaridad mostró su “satisfacción” porque tras años de lucha las comunidades indígenas vean reconocidos sus derechos judicialmente y exigió a la hidroeléctrica, construida en parte por la empresa española Cobra del Grupo ACS, del empresario español Florentino Pérez, presidente del Real Madrid, que deje de operar hasta que los afectados no voten en esa consulta, para la que todavía no hay fecha.

“Es necesario recordar que el caso RENACE fue fruto de una investigación desarrollada por la ONG española dentro de su campaña ‘TieRRRa’ por las inversiones responsables”, recordó la organización, que desde 2016 ha recogido más de 32.000 firmas en apoyo a las comunidades mayas afectadas, más de 29.000 personas.

Uno de los líderes indígenas guatemaltecos que denunció esta situación públicamente en el país, el activista Bernardo Caal Xoc, ha sido condenado a más de siete años de cárcel por hechos relacionados con protestas en defensa del río Cahabón, una situación que ha sido calificada como criminalización por diversas organizaciones.

El fallo judicial dado a conocer este miércoles señala que está probado que los efectos de la decisión tomada sobre la autorización tienen aún consecuencias y efectos en la vida de los indígenas, lo que supone que el Estado de Guatemala lo está vulnerando “en el presente, no en el pasado”.

Asimismo, menciona la actual situación de “indefensión de los pueblos indígenas en el país”·, según informes de organismos internacionales como Naciones Unidas, pese a que su Constitución recoge el imperativo de proteger “sus costumbres, vidas y territorios, aspectos que no han sido desarrollados hasta ahora en su legislación”.

El fallo ordena al Ministerio de Energía y Minas que realice todo el proceso y que haga un seguimiento de las relaciones de la empresa con las comunidades, porque la consulta debe hacerse de “buena fe” y “sin coerciones ni presiones ni generando divisiones entre las comunidades”.

La Corte Suprema también obliga al Ministerio de Medio Ambiente a remitir al de Minas y Energía todos los informes de impacto ambiental que tiene sobre Renace y a iniciar el proceso para una consulta.

EFEverderde

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