Platos, cubiertos y pajitas de plástico deben quedar desterrados en un año mientras que el Gobierno prevé introducir la recogida selectiva del textil antes del 2025.

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El Consejo de Ministros en España, tiene previsto aprobar el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. Este sería el puntapié inicial para poner un fin a un buen número de plásticos de un solo uso.

Entre las medidas más destacadas para reducir los envases de plásticos de usar y tirar, se incluye la obligación de que, al aprobarse la ley, bares y restaurantes estarán obligados a ofrecer agua potable gratis a sus clientes.

Cuando entre en vigor la ley, los establecimientos del sector de la hostelería y restauración tendrán que ofrecer siempre a los consumidores la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.

La condición previa, naturalmente, es que el ayuntamiento o la empresa suministradora garantice que es agua apta para el consumo humano.

Por su parte, las administraciones públicas deberán adoptar también medidas para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias. Con este fin, deberán favorecer el fomento de fuentes de agua potable o gua en envases reutilizables.

El anteproyecto de ley de Residuos es un normativa nueva; suple a la del 2011; traspone dos directivas europeas, y en ella se prevé que los plásticos de un solo uso deberán ser reducidos o eliminados.

Pero no incorpora nuevas obligaciones a los materiales más allá de las estipuladas por Europa. ¿Oportunidad perdida para ser mas ambiciosos? Se podrá ver al final de su tramitación parlamentaria. En el Ministerio apuntan que deben atenerse a los marcos europeos establecidos y a la existencia de un mercado interno.

La novedad más destacaba en este sentido es que ya el 2023 se recoge la previsión de prohibir los detergentes y cosméticos que incorporen deliberadamente microplásticos.

Pero el plato fuerte son los materiales de un solo uso.

El documento se señala que en poco más de un año quedarán prohibidos un buen número de plásticos de un solo uso.

Concretamente, a partir del 3 de julio de 2021, quedaría prohibida la introducción en el mercado de los siguientes productos de plástico: bastoncillos de algodón (excepto para uso sanitarios), cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos); platos; pajitas y agitadores de bebidas y palitos de globos así como recipientes y vasos para alimentos y bebidas hechos de poliestireno.

Luego están los productos que hay que reducir

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas y los recipientes para alimentos, utilizados con el fin de contener alimentos para consumo inmediato (sin preparación posterior o comida rápida).

Para estos productos se ha de conseguir una reducción del 50% en su comercialización en el 2026 y del 70% en 2030 (siempre respecto al 2022).

Para cumplir con estos objetivos, todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico..

Además, el anteproyecto recoge requisitos de diseño (por ejemplo, tapas y tapones que permanezcan unidos al recipiente o botellas PET) y la obligación de informar y marcar para una serie de productos, así como medidas de concienciación para informar a los consumidores con el fin de reducir el abandono de basura dispersa (toallitas húmedas, compresas...).

Todo ello ya lo marca la UE.

En relación a las botellas de plástico se regulan objetivos de recogida separada en dos horizontes temporales: en 2025 se deben recoger separadamente el 77% en peso respecto al introducido en el mercado, aumentando al 90% en 2029.

La norma fija asimismo un calendario para reducir el peso de los residuos producidos, que se añade al vigente del 10% en 2020.

Esa disminución debe será del 13% en el 202 y del 15% en 2030.

El anteproyecto de ley no recoge ningún plan para imponer el sistema de depósito y retorno de envases usados de bebidas al comercio (un instrumento que ha permitido en muchos países aumentar las tasas de recuperación), aunque se han eliminado ciertas restricciones que complicaban su introducción en la ley del 2011, según fuentes del Ministerio.

Muchos expertos juzgan que para alcanzar el objetivo sobre recogida de envases de bebidas (ese 77% en el 2025 y 90% en el 2029) será necesario recurrir al sistema de depósito, devolución y retorno.

En todo caso, esta posible implantación debería recogerla un decreto ley sobre residuos de envases ahora en proceso de información previa. En este sentido está en estudio un informe para analizará su viabilidad..

La directiva europea invita a los estados a hacer uso de esta fórmula cuando no logren recuperar selectivamente el nivel exigido de envases de bebidas mediante el actual sistema de contenedor amarillo.

A este sistema se opone vehementemente Ecoembes, gestor integral de los envases, pero lo apoya el programa de residuos del Área Metropolitana de Barcelona.

La Administración no tiene información propia de cuántos envases de bebidas se reciclan. Da por buenos los datos de las empresas, los cuales están agregados a los envases comerciales e industriales (son los que se envía Eurostat, cada junio). Pero ahora ampliará la responsabilidad de los productores y se creará una sección de registro específica para saber cuántos envases se reciclan y tener un control.

Asimismo, y para luchar contra el desperdicio alimentario, la propuesta normativa incluye medidas para reducir los residuos alimentarios. Se recogen algunas medidas específicas dirigidas a las industrias alimentarias, las empresas de distribución y de restauración colectiva.

Para alargar la vida útil de los productos y combatir la llamada obsolescencia programada, el texto señala que habrá que fomentar el diseño, fabricación y uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos. Se trata de que los productos sean duraderos, reparables, reutilizables y actualizables.

Ahora hace falta ver cómo se concreta todo eso, en particular en el caso de los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales productos de construcción.

También en el ámbito de la prevención, queda prohibida a partir de 2021 la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos, tales como textiles, juguetes, aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa.

En cuanto al resto de residuos, el texto marca los objetivos y medidas para facilitar el reciclado o reaprovechamiento de desechos.

La obligación de instaurar la recogida de la materia orgánica doméstica se adelanta a 31 de diciembre de 2021 para los municipios de más de 5.000 habitantes y a 31 de diciembre de 2023 para el resto. En Catalunya esta norma ya rige desde 1993.

Por su parte, los materiales textiles, aceites de cocina usados y residuos domésticos peligrosos deben ser recogidos separadamente antes del 31 de diciembre de 2024.

Asimismo fija objetivos más ambiciosos en la preparación y tratamiento de los residuos municipales: en el año 2025 deben tener un tratamiento previo el 55% de los residuos municipales (respecto de los residuos generados); en 2030, el 60%, y en 2035, el 65%.

La ley tendrá un nuevo régimen sancionador (abandono de residuos, gestión incontrolada, vertido...) y tendrá la consideración de hecho muy grave la entrada o salida en España de residuos peligrosos sin autorización comunitaria.

Junto al anteproyecto, el Gobierno debe aprobar este martes la estrategia española de economía circular y un real decreto que mejora la trazabilidad y el control de los traslados de residuos.

La estrategia global en materia de residuos y aprovechamiento de materiales (“de economía circular” en el argot) plantea una reducción global de los desechos del 15% en el 2030 respecto a los generados en el 2010

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